Estimados, a partir de la aparición de la nueva normativa, y su implementación a través de los distintos hotfixes instalados, les paso algunas consideraciones para tener en cuenta. La R.G. 3685 de AFIP estableció un régimen especial de información sobre las operaciones de compras y ventas. Adicionalmente regula cómo se deben almacenar los duplicados en caso de emitir comprobantes electrónicos. La obligación de informar alcanza a las siguientes operaciones, sean o no generadoras de crédito o débito fiscal en el impuesto al valor agregado: · Compras, locaciones o prestaciones recibidas e importaciones definitivas de bienes y servicios -así como todo otro concepto facturado o liquidado por separado, relacionado con las mismas o con su forma de pago- que, como consecuencia de cualquier actividad que desarrollen, realicen con proveedores, locadores, prestadores, comisionistas, consignatarios, etc. · Ventas, locaciones o prestaciones realizadas, exportaciones defi...
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