Les comentamos que la AFIP dispuso mediante la RG 4892/2020 la implementación obligatoria de un código de respuesta rápida “QR” en los comprobantes electrónicos. Si bien ya está vigente para los comprobantes emitidos mediante el facturador de AFIP dispuso de un cronograma de aplicación para aquellos sujetos que utilicen un software que se comunique vía web services con AFIP para la obtención de CAE como es el caso de Tango. Detallamos a continuación el cronograma de aplicación de esta norma: Para responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que hayan efectuado operaciones (gravadas, exentas y no gravadas) declaradas en el impuesto durante el año calendario 2020 por un importe total neto de impuestos y tasas. Superior a $ 10.000.000: desde el 1 de marzo de 2021. Superior a $ 2.000.000 e inferior o igual a $ 10.000.000: desde el 1 de abril de 2021. Superior a $ 500.000 e inferior o igual a $ 2.000.000: desde el 1 de mayo de 2021 Para el resto de los responsables ...
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