Queremos recordar las importantes mejoras funcionales que incorporó la versión Tango Delta 2 en el módulo de Sueldos.
NOVEDADES
Estas son solo algunas de las nuevas prestaciones:
- Conexión con nueva aplicación Tango Empleados.
- Pago automático de haberes: nuevos formatos predefinidos (Banco Macro, Banco Nación, Interbanking).
- Optimización del circuito de Novedades: Manejo de varios topes en simultáneo, mes de inicio personalizado para los topes y clasificación de novedades entre otros.
- Emisión de recibos: PDF independiente por cada empleado.
- Ficha Live de legajos: toda la información de tu empleado desde un solo lugar.
- Live Delta: disponible desde cualquier navegador de internet y desde dispositivo móvil. Más rápido, más integrado y con un mayor procesamiento de volumen de información.
- Nuevas consultas Live: detalle de totales liquidados y detalle de conceptos liquidados.
Vigente a partir de agosto de 2023.
A partir de esa fecha se cotizará el abono anual de acuerdo a la cantidad de legajos que se liquiden.
El criterio con el que se contabilizarán los legajos dependerá de la actividad económica principal declarada en AFIP.
1.Conteo Sistema
Si la actividad principal declarada en la AFIP es Servicios de contabilidad, auditoría y asesoría fiscal (692000) se contabilizarán los legajos “por sistema”. Es decir que, por cada sistema (licencia), se tendrá en cuenta el total de legajos liquidados en el período anterior, independientemente de las empresas/bases de datos a la que pertenezcan.
Según la licencia podrá liquidar la cantidad de legajos mensuales de acuerdo con la categoría de producto:
1.Conteo por Empresa
Será aplicable para toda actividad distinta a la mencionada en el párrafo anterior y en este caso se contabilizarán los legajos que estén habilitados y sin fecha de egreso por cada base de datos con la que se esté trabajando. El límite lo determinará la base/empresa que tenga la mayor cantidad de legajos liquidados.
En este caso, las cantidades de legajos a liquidar según categoría de licencia son los siguientes:
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